Multarán con S/.360,000 a cibernautas que divulguen encuestas
Hasta el 3 de abril se podrán difundir encuestas. Pero ¿qué pasa en la Internet? El director de la Escuela Electoral del JNE, Virgilio Hurtado, da alcances.
KARINA ABARCA
¿Qué hará el JNE si algún internauta a través del Facebook o Twitter publica resultados de intención de voto después del 3 de abril?
Se activarán los mecanismos de fiscalización para investigar y determinar quiénes son los responsables de infringir la norma. La ley establece que en la última semana de un proceso electoral se da un periodo de reflexión al elector para que considere su voto.
¿Y si un ciudadano usa datos falsos para difundir en la Internet esos resultados?
Puede pasar eso, pero también hay mecanismos para investigar y saber de dónde salió la información, dónde se originó la fuga (de datos).
Hacer esa detección sería muy complicado…
Las encuestadoras electorales están registradas en el JNE, y si se publica una encuesta, esta salió de una de estas.
Pero si hay fuga de esa información reservada o una infidencia, ¿la responsabilidad no sería exclusiva de la encuestadora?
Los resultados de la investigación nos dirán quién es el responsable y quién no. Nosotros no nos vamos a quedar con los brazos cruzados, y si determinamos al responsable, aplicaremos la multa que corresponda.
¿Y cuánto es la sanción económica?
El artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones impone una multa que oscila entre las 10 UIT (S/.36,000) y las 100 UIT (S/.360,000). (Una Unidad Impositiva Tributaria está valorizada en S/.3,600).
Aquí no se distingue entre una persona natural o jurídica…
No hay distinciones. La sanción es igual. La investigación podría tardar diez días o más.
¿Y qué pasa con las proyecciones que dan las casas de apuestas sobre quién ganará los comicios?
Las proyecciones de las casas de apuestas no se basan en un método científico; no miden una intención de voto, sino pareceres sobre quién ganará.
Y si esa información se propala por la Internet o los medios, ¿qué ocurre?
Ojo, que la publicidad electoral se prohíbe desde el viernes 8 de abril, pues tendrías que poner nombres y logos de partidos. Allí se estaría cometiendo un delito que puede ir hasta la pena privativa de la libertad.
Gestión
KARINA ABARCA
¿Qué hará el JNE si algún internauta a través del Facebook o Twitter publica resultados de intención de voto después del 3 de abril?
Se activarán los mecanismos de fiscalización para investigar y determinar quiénes son los responsables de infringir la norma. La ley establece que en la última semana de un proceso electoral se da un periodo de reflexión al elector para que considere su voto.
¿Y si un ciudadano usa datos falsos para difundir en la Internet esos resultados?
Puede pasar eso, pero también hay mecanismos para investigar y saber de dónde salió la información, dónde se originó la fuga (de datos).
Hacer esa detección sería muy complicado…
Las encuestadoras electorales están registradas en el JNE, y si se publica una encuesta, esta salió de una de estas.
Pero si hay fuga de esa información reservada o una infidencia, ¿la responsabilidad no sería exclusiva de la encuestadora?
Los resultados de la investigación nos dirán quién es el responsable y quién no. Nosotros no nos vamos a quedar con los brazos cruzados, y si determinamos al responsable, aplicaremos la multa que corresponda.
¿Y cuánto es la sanción económica?
El artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones impone una multa que oscila entre las 10 UIT (S/.36,000) y las 100 UIT (S/.360,000). (Una Unidad Impositiva Tributaria está valorizada en S/.3,600).
Aquí no se distingue entre una persona natural o jurídica…
No hay distinciones. La sanción es igual. La investigación podría tardar diez días o más.
¿Y qué pasa con las proyecciones que dan las casas de apuestas sobre quién ganará los comicios?
Las proyecciones de las casas de apuestas no se basan en un método científico; no miden una intención de voto, sino pareceres sobre quién ganará.
Y si esa información se propala por la Internet o los medios, ¿qué ocurre?
Ojo, que la publicidad electoral se prohíbe desde el viernes 8 de abril, pues tendrías que poner nombres y logos de partidos. Allí se estaría cometiendo un delito que puede ir hasta la pena privativa de la libertad.
Gestión